UNIDADES DIDÁCTICAS

En España el respeto es revolucionario. Fernando de los Ríos.

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TEXTOS EVAU 2018-2019. HISTORIA DE ESPAÑA.


ANEXO I.

 1. LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN EN ESPAÑA (1808-1833)

1. CONSTITUCIÓN DE 1812.
[...] Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y madura deliberación [...], decretan la siguiente Constitución política para el buen gobierno y recta administración del Estado [...]:
Art.1. La Nación española es la unión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Art.3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales [...]
Art 4. La nación está obligada a conservar y proteger con leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen, [...]
Art.12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana, única verdadera [...]
Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.  
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes [...] reside en los tribunales establecidos por la ley [...]
Art. 27. Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan a la Nación, nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá [...]
Art 34. Para la elección de los diputados de Cortes se celebrarán juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia [...]
Art 258. El Código civil y criminal, y el de comercio serán unos mismos para toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones, que por particulares circunstancias podrán hacer las Cortes.

Fuente: De Esteban, J. “Constituciones de España” (Constitución de 1812). Centro de Estudios P. y C.

2. ANULACIÓN DE LA OBRA DEL TRIENIO LIBERAL.

Bien públicos y notorios fueron a todos mis vasallos los escandalosos sucesos que precedieron, acompañaron y siguieron al establecimiento de la democrática Constitución de Cádiz en el mes de marzo de 1820: la más criminal traición, la más vergonzosa cobardía, el desacato más horrendo a mi Real Persona, y la violencia más inevitable, fueron los elementos empleados para variar esencialmente el gobierno paternal de mis reinos en un código democrático, origen fecundo de desastres y de desgracias. [...]. No fue estéril el grito general de la Nación: por todas las Provincias se formaban cuerpos armados que lidiaron contra los soldados de la Constitución [...] La Europa entera, conociendo profundamente mi cautiverio y el de toda mi Real Familia [...], determinaron poner fin a un estado de cosas que era el escándalo universal, que caminaba a trastornar todos los Tronos y todas las instituciones antiguas cambiándolas en la irreligión y en la inmoralidad [...] Sentado otra vez en el trono de S. Fernando [...], deseando proveer de remedio las más urgentes necesidades de mis pueblos, y manifestar a todo el mundo mi verdadera voluntad en el primer momento que he recobrado la libertad; he venido a declarar los siguiente: [...] Son nulos y de ningún valor todos los actos del gobierno llamado constitucional (de cualquiera clase y condición que sean) que ha dominado mis pueblos desde el día 7 de marzo de 1820 hasta hoy, día 1° de octubre de 1823, declarando, como declaro, que en toda esta época he carecido de libertad, obligado a sancionar las leyes y a expedir las órdenes, decretos y reglamentos que contra mi voluntad se meditaban y expedían por el mismo gobierno [...] ”.

Gaceta de Madrid, 7 de octubre de 1823. Decreto del 1 de octubre de 1823.


3. LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL (1833-1868)

3. EXPOSICIÓN A LA REGENTE DE LOS OBJETIVOS DEL DECRETO DE DESAMORTIZACIÓN.
Señora:
Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan sólo cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las rentas, es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; enganchar la patria, crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es en fin identificar con el trono excelso de ISABEL II, símbolo de orden y de la libertad.
No es, Señora, ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito, por más que éste sea la palanca que mueve y equilibra en nuestros días las naciones de Europa: es un elemento de animación, de vida y de ventura para la España: Es, si puedo explicarme así, el complemento de su resurrección política.
El decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia, en su objeto y aún en los medios por donde se aspire a aquel resultado, se enlace, se encadene, se funda en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoya principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones.
He aquí, Señora, seguidamente bosquejados el objeto y los fundamentos del decreto, cuya minuta someto a la augusta aprobación de V.M. en uso del voto de confianza.
Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836.

4. MANIFIESTO DE MANZANARES (7 de julio de 1854).
Españoles: La entusiasta acogida que va encontrando en los pueblos el ejército liberal; el esfuerzo de los soldados que le componen, tan heroicamente mostrado en los campos de Vicálvaro; el aplauso con que en todas partes ha sido recibida la noticia de nuestro patriótico alzamiento, aseguran desde ahora el triunfo de la libertad y de las leyes, que hemos jurado defender. Dentro de poco días la mayor parte de las provincias habrá sacudido el yugo de los tiranos; la nación disfrutará los beneficios del régimen representativo [...] Nosotros queremos la conservación del Trono, pero sin camarilla que lo deshonre, queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales, mejorándolas, sobre todo la ley electoral y la de imprenta; queremos la rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía; queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y el merecimiento; queremos arrancar a los pueblos de la centralización que los devora, dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus intereses propios; y como garantía de todo esto queremos y plantearemos bajo sólidas bases la Milicia Nacional [...]. Las Juntas de Gobierno que deben irse constituyendo en las provincias libres; las Cortes generales, que luego se reúnan; la misma Nación, en fin, fijará las bases definitivas de la regeneración liberal a la que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas a la voluntad nacional nuestras espadas, y no las envainaremos hasta que ella esté cumplida.
Cuartel General de Manzanares, a 7 de julio de 1854. El General en Jefe del Ejército Constitucional, Leopoldo O´Donnell, Conde de Lucena.


3. EL SEXENIO DEMOCRÁTICO (1868-1874). ECONOMÍA Y SOCIEDAD ESPAÑOLAS EN EL SIGLO XIX

5. MANIFIESTO DE “ESPAÑA CON HONRA”.
Españoles: la ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en su puerto y todo el departamento marítimo de la Carraca, declara solemnemente que niega su obediencia al Gobierno que reside en Madrid, asegura que es leal intérprete de los ciudadanos [...] y resuelta a no deponer las armas hasta que la nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.
Hollada (pisoteada) la ley fundamental, convertida siempre antes en celada (oculta) que en defensa del ciudadano; corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno; dependiente la seguridad individual, no del derecho propio, sino de la irresponsable voluntad cualquiera de las autoridades, muerto el municipio, pasto la Ad- ministración y la Hacienda de la inmoralidad y del agio (del negocio), tiranizada la enseñanza, muda la prensa… ¡Españoles! [...]
Queremos que una legalidad común por todos creada tenga implícito y constante el respeto de todos. Queremos que el encargado de observar la constitución no sea su enemigo irreconciliable [...]
Queremos vivir la vida de la honra y de la libertad. Queremos que un Gobierno Provisional que represente todas las fuerzas vivas de su país asegure el orden, en tanto que el sufragio universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política.
Contamos para realizar nuestro inquebrantable propósito [...] con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, [...] con los ardientes partidarios de las libertades individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar en su origen las fuentes del vicio y del mal ejemplo; con el pueblo todo y con la aprobación, en fin, de la Europa entera; pues no es posible que en el consejo de las naciones se haya declarado ni se decrete que España ha de vivir envilecida [...]
Españoles [...]: acudid a las armas, [...] no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada. ¡Viva España con honra!

Cádiz, 19 de septiembre de 1868. Duque de la Torre, Juan Prim, Domingo Dulce, Francisco Serrano Deboya, Ramón Nouvilas, Rafael Primo de Rivera, Antonio Caballero de Rodas, Juan Topete.

6. ABDICACIÓN DE AMADEO DE SABOYA.

Grande fue la honra que merecía la Nación española eligiéndome para ocupar su trono, honra tanto más por mi apreciada cuanto se me ofrecía rodeada de las dificultades y peligros que lleva consigo la empresa de gobernar un país tan hondamente perturbado [...]
Conozco que me engañó mi buen deseo. Dos años largos ha que ciño la corona de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada día más lejana la era de paz y de ventura que tan ardientemente anhelo. Si fueran extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos, pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra agravan y perpetúan los males de la nación son españoles; todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien, y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible afirmar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar remedio para tamaños males. Los he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien ha prometido observarla [...] AMADEO.

Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873.


7. PROTESTA DE LOS DELEGADOS DEL SEGUNDO CONGRESO DE LA REGIÓN ESPAÑOLA DE LA AIT EN ZARAGOZA.
Los firmantes, delegados por las federaciones locales de la región española de la Asociación Internacional de Trabajadores, para constituir en Zaragoza el segundo Congreso obrero de la región.
PROTESTAN solemnemente en nombre de todos los trabajadores asociados en España, y a la faz del mundo, del brutal y escandaloso atropello de que han sido víctimas.
Dos días después de celebrarse con toda libertad las elecciones para el Congreso burgués, donde han de debatirse las contiendas de nuestros explotadores, esos mismos explotadores, no contentos con el despojo, apelan a la represión y a la violencia, atropellando las mismas leyes que han hecho, disuelven por la fuerza bruta el Congreso obrero donde debían tratarse las cuestiones relativas al trabajo y la organización de los Trabajadores.
En el primero, es decir, en las Cortes o Congreso de los Diputados, va a organizarse la expoliación y reglamentarse la injusticia. En el segundo, además de los asuntos de la Asociación, tenían que estudiarse los problemas económico-sociales que agitan y preocupan a todos los hombres de conciencia (…).
Trabajadores, agrupémonos; organicemos nuestras huestes, templemos nuestras armas y preparemos para una lucha más o menos próxima.
¡Abajo los privilegios!
¡Abajo la explotación del hombre por el hombre!
¡Abajo la tiranía!
¡Viva la Asociación Internacional de Trabajadores! Zaragoza, 8 de abril de 1872.

4. EL RÉGIMEN DE LA RESTAURACIÓN (1874-1902)

8. DENUNCIA DEL CACIQUISMO POR VALENTÍ ALMIRALL
“La nuestra es una farsa en toda su desnudez, una completa farsa, especial y exclusiva de las elecciones españolas. Ya se trate de sufragio universal o restringido, no hay sino un solo y único elector: el ministro de la Gobernación, el cual, ayudado por los gobernadores de las provincias y por un ejército de funcionarios de toda clase, sin olvidar a los altos dignatarios de la Magistratura y de la Universidad, prepara, ejecuta y lleva a cabo todas las elecciones desde su despacho, bien situado en el centro de Madrid.
Se confeccionan las listas de electores poniendo algunos nombres reales entre una serie de nombres imaginarios y, sobre todo, nombres de difuntos que en el acto de la votación están representados por empleados subalternos vestidos con trajes civiles. El autor de estas líneas ha visto en muchas ocasiones cómo su padre, a pesar de llevar muerto muchos años, acudía a depositar su voto en la urna, en la persona de un barrendero o de un sabueso de la policía vestido para tal ocasión con un terno prestado. Igualmente los miembros de las oficinas de los colegios electorales suelen asistir a esas transmigraciones de almas de sus parientes cercanos. [...]
Este sistema de elecciones [...] no es el peor de los medios empleados para falsear el sufragio por los llamados defensores del parlamentarismo y del sistema de representación. Apresurémonos a decir que lo más frecuente es que no se entretengan en estos simulacros de respeto humano que se aumente pura y simplemente el número de votos hasta asegurar la elección del candidato que desean ver nombrado. En este terreno se suele sobrepasar los límites de lo grotesco y de lo absurdo.
Valentí ALMIRALL, España tal como es, París, 1886.


9. TRATADO DE PAZ ENTRE ESPAÑA Y ESTADOS UNIDOS.
S. M. la Reina Regente de España, en nombre de su augusto hijo D. Alfonso XIII, y los Estados Unidos de América, deseando poner término al estado de guerra hoy existente entre ambas naciones [...] han con- venido en los siguientes artículos:
Artículo I. España renuncia a todo derecho de Soberanía y propiedad sobre Cuba. En atención a que dicha isla, cuando sea evacuada por España, va a ser ocupada por los Estados Unidos [...]
Artículo II. España cede a los Estados Unidos la isla de Puerto Rico y las demás que ahora están bajo su soberanía en las islas Occidentales y la isla de Guam en el archipiélago de las Marianas o Ladrones.
Artículo III. España cede a los Estados Unidos el archipiélago conocido por Islas Filipinas [...] Los Estados Unidos pagarán a España la suma de veinte millones de dólares (20.000.000 de pesos) dentro de los tres meses después del canje de ratificaciones del presente Tratado [...]
Artículo IV. Los Estados Unidos pagarán durante el término de diez años [...] admitirán en los puertos de las islas Filipinas a los buques y mercancías españolas bajo las mismas condiciones que a los buques y mercancías de los Estados Unidos.
Hecho público por duplicado en París, a 10 de diciembre de 1898. Firmado: Eugenio Montero Ríos y William R. Day.

5. ALFONSO XIII Y LA CRISIS DE LA RESTAURACIÓN (1902-1931)

10. MANIFIESTO CONJUNTO DE UGT-CNT EN 1917.
Mas, a pesar de nuestras advertencias serenas, de nuestras quejas metódicas y fundamentadas y de nuestras protestas, tal vez más prudentes y mesuradas de lo que exige la agudeza de los dolores que el país padece, es lo cierto que cada día que pasa representa para el proletariado una agravación creciente de la miseria ocasionada por la carestía de las subsistencias y por la falta de trabajo.
[...] El proletariado organizado ha llegado así al convencimiento [...] de unir sus fuerzas en una lucha común contra los amparadores de la explotación, erigida en sistema de gobierno. Y respondiendo a este convencimiento, los representantes de la Unión General de Trabajadores y los de la Confederación Nacional del Trabajo han acordado por unanimidad:
1) Que, en vista del examen detenido y desapasionado que los firmantes de este documento han hecho de la situación actual y de la actuación de los gobernantes y del Parlamento, no encontrando, a pesar de sus buenos deseos, satisfechas las demandas formuladas por el último congreso de la Unión General de Trabajadores, y con el fin de obligar a las clases dominantes a aquellos cambios fundamentales de sistema que garanticen al pueblo el mínimo de las condiciones decorosas de vida y de desarrollo de sus actividades emancipadoras, se impone que el proletariado emplee la huelga general, sin plazo limitado, como el arma más poderosa que posee para reivindicar sus derechos.
2) Que a partir de este momento, sin interrumpir su acción constante de reivindicaciones sociales, los organismos proletarios, de acuerdo con sus elementos directivos, procederán a la adopción de todas aquellas medidas que consideren adecuadas al éxito de la huelga general, hallándose preparados para el momento en que haya de comenzar este movimiento.

Manifiesto conjunto de UGT-CNT (Madrid, 27 de marzo de 1917)

11. MANIFIESTO DEL GOLPE DE ESTADO DE PRIMO DE RIVERA.
Al país y al Ejército: Españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra salvación que libertarla de los profesionales de la política, de los que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso. La tupida red de la política de concupiscencias ha cogido en sus mallas, secuestrándola, hasta la voluntad real [...]
Este movimiento es de hombres: el que no sienta la masculinidad completamente caracterizada, que espere en un rincón, sin perturbar, los buenos días que para la Patria preparamos…
Españoles: ¡Viva España y Viva el rey! [...]

No tenemos que justificar nuestros actos, que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, ex gobernadores, agentes de la autoridad, patronos, capataces y obreros; audaces e impunes atracos; depreciación de la moneda; francachela de millones de gastos reservados [...] rastreras intrigas políticas tomando como pre- texto la tragedia de Marruecos […] descarada propaganda separatista, pasiones tendenciosas alrededor de problema de las responsabilidades [...]
En virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un directorio inspector militar con carácter provisional encargado de mantener el orden público [...]

La Vanguardia, Barcelona, 13 de septiembre de 1923.

6. LA SEGUNDA REPÚBLICA ESPAÑOLA (1931-1936)

12. DISCURSO DE LA DIPUTADA CLARA CAMPOAMOR.
Señores diputados: se está haciendo una constitución de tipo democrático, por un pueblo que tiene escrito como lema principal, en lo que yo llamo el arco del triunfo de su República, el respeto profundo a los principios democráticos [...] Yo no creo, no puedo creer, que la mujer sea un peligro para la República, porque yo he visto a la mujer reaccionar frente a la Dictadura y con la República [...]
Resolver lo que queráis, pero afrontando la responsabilidad de dar entrada a esa mitad del género humano en la política, para que la política sea cosa de dos, porque sólo hay una cosa que un sexo solo: alumbrar, las demás las hacemos todos en común, y no podéis venir aquí vosotros a legislar, a votar impuestos, a decir deberes, a legislar sobre la raza humana, sobre la mujer y sobre el hijo, aislados, fuera de nosotras [...]
Respecto a la serie de afirmaciones que se han hecho esta tarde contra el voto de la mujer, he de decir, con toda consideración, que no están apoyadas en la realidad [...] ¿quién protestó y se levantó en Zaragoza cuando la guerra de Cuba más que las mujeres? ¿Quién nutrió la manifestación pro responsabilidades del Ateneo, con motivo del desastre de Annual, más que las mujeres, que iban en mayor número que los hombres? [...]
No cometáis, señores diputados, ese error político de gravísimas consecuencias. Salváis a la República, ayudáis a la República atrayéndoos y sumándoos esa fuerza que espera ansiosa el momento de su redención.

Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes. Intervención de Clara Campoamor en las sesiones de 30 de septiembre y 1 de octubre 1931.


13. CONSTITUCIÓN DE 1931.
ESPAÑA, EN USO DE SU SOBERANÍA, Y REPRESENTADA POR LAS CORTES CONSTITUYENTES, DECRETA Y SANCIONA ESTA CONSTITUCIÓN [...]

Art. 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones. [...]
Art. 2. Todos los españoles son iguales ante la ley. Art. 3. El Estado español no tiene religión oficial.
Art. 6. España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional [...]
Art.11. Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas, comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un núcleo político-administrativo, dentro del Estado español, presentarán su Estatuto [...]
Art.17. En las regiones autónomas no se podrá regular ninguna materia con diferencia de trato entre los naturales del país y los demás españoles.
Art. 25. No podrá ser fundamento de privilegio jurídico la naturaleza, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas.
Art, 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español [...]
Art. 36. Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes.
Art. 44. Toda la riqueza del país, sea quien fuere su dueño, está subordinada a los intereses de la economía nacional [...] La propiedad de toda clase de bienes podrá ser objeto de expropiación forzosa por causa de utilidad social mediante adecuada indemnización [...]
Art. 48. El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado, y lo prestará mediante instituciones educativas enlazadas por el sistema de escuela unificada. La enseñanza será gratuita y obligatoria [...] La enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideas de solidaridad humana.
Art 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso de los Diputados.
Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto.

Fuente: De Esteban, J. “Constituciones de España” (Constitución de 1931). Centro de Estudios P. y C.

7. LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA (1936-1939)

14. PROCLAMA DEL GENERAL MOLA (5-VI-1936).
Tan pronto tenga éxito el movimiento nacional, se constituirá un Directorio, que lo integrará un presidente y cuatro vocales militares [...] El Directorio ejercerá el Poder con toda su amplitud; tendrá la iniciativa de los Decretos-Leyes que se dicten [...]
Los primeros Decretos-Leyes serán los siguientes:
a) Supresión de la Constitución de 1931.
b) Cese del presidente de la República y miembros del gobierno.
c) Atribuirse todos los poderes del Estado [...]
d) Defensa de la Dictadura Republicana [...]
e) Derogación de las Leyes y Reglamentos y disposiciones que no estén de acuerdo con el nuevo sistema orgánico del Estado [...]
h) Restablecimiento de la pena de muerte en los delitos contra las personas [...]
Se tendrá en cuenta que la acción ha de ser en extremo violenta para reducir lo antes posible al enemigo, que es fuerte y bien organizado. Desde luego serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedades y sindicatos no afectos al movimiento, aplicándoles castigos ejemplares a dichos individuos para estrangular los movimientos de rebeldía o huelgas.
Conquistado el poder instaurará una dictadura militar que tenga por misión inmediata restablecer el orden público, imponer el imperio de la ley y reforzar convenientemente al ejército, para consolidar la situación de hecho que pasará a ser de derecho.

Madrid, 5 de junio de 1936. El Director.

15. PAZ, PIEDAD Y PERDÓN.
La guerra civil está agotada en sus móviles porque ha dado exactamente todo lo contrario de lo que se proponían sacar de ella, y ya a nadie le puede caber duda de que la guerra actual no es una guerra contra el Gobierno, ni una guerra contra los gobiernos republicanos, ni siquiera una guerra contra un sistema político: es una guerra contra la nación española entera [...] La reconstrucción de España será una tarea aplastante, gigantesca, que no se podrá fiar al genio personal de nadie, ni siquiera de un corto número de personas o de técnicos; tendrá que ser obra de la colmena española en su conjunto, cuando reine la paz, una paz que no podrá ser más que una paz española y una paz nacional, una paz de hombres libres [...] Este fenómeno profundo, que se da en todas las guerras, me impide a mí hablar del porvenir de España en el orden político y en el orden moral, porque es un profundo misterio, en este país de las sorpresas y de las reacciones inesperadas, lo que podrá resultar el día en que los españoles, en paz, se pongan a considerar lo que han hecho durante la guerra. Yo creo que si de esta acumulación de males ha de salir el mejor bien posible, será con este espíritu, y desventurado el que no lo entienda así. No voy a aplicar a este drama español la simplísima doctrina del adagio de que “no hay mal que por bien no venga”. No es verdad. Pero es obligación moral, sobre todo de los que padecen la guerra, cuando se acabe como nosotros que- remos que se acabe, sacar de la lección y de la musa del escarmiento el mayor bien posible, y cuando la antorcha pase a otras manos, a otros hombres, a otras generaciones, que les hierva la sangre iracunda y otra vez el genio español vuelva a enfurecerse con la intolerancia y con el odio y con el apetito de destrucción, que piensen en los muertos y que escuchen su lección: la de esos hombres que han caído magníficamente por una ideal grandioso y que ahora, abrigados en la tierra materna, ya no tienen odio, ya no tienen rencor, y nos envían, con los destellos de su luz, tranquila y remota como la de una estrella, el mensaje de la patria eterna que dice a todos sus hijos: Paz, piedad, perdón.

Fuente: Manuel Azaña, Discursos políticos, edición a cargo de Santos Juliá, Crítica. Barcelona, 2003, pp. 489-494.

8. LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975)

16. CONDENA DE LAS NACIONES UNIDAS.

A) Por su origen, naturaleza, estructura y comportamiento general, el régimen de Franco es un régimen fascista, organizado e implantado en gran parte merced a la ayuda de la Alemania nazi y de la Italia fascista de Mussolini.
B) Durante la larga lucha de las Naciones Unidas contra Hitler y Mussolini, Franco prestó una ayuda muy considerable a las potencias enemigas, a pesar de las continuas protestas de los aliados [...].
La Asamblea General de las Naciones Unidas, convencida de que el Gobierno fascista de Franco en España [...] no representa al pueblo español [...], recomienda que se prohíba al Gobierno de Franco pertenecer a los organismo internacionales creados por las Naciones Unidas o relacionados con ellas, y participar en conferencias y otras actividades que puedan concertar las Naciones Unidas, o dichos organismos, hasta que se forme en España un Gobierno nuevo y adecuado. Además [...] recomienda que, si dentro de un plazo razonable, no se establece en España un gobierno cuya autoridad proceda de sus gobernados y que se comprometa a respetar la libertad de expresión, de religión y de reunión, y a celebrar cuanto antes elecciones en las que el pueblo es- pañol pueda expresar su voluntad, libre de coacción y de intimidación [...], el Consejo de Seguridad estudie las medidas para remediar tal situación. Asimismo, la Asamblea recomienda que todos los Estados miembros de las Naciones Unidas retiren inmediatamente los embajadores y ministros plenipotenciarios que tienen acreditados en Madrid

Resolución de la Asamblea General de la ONU, Nueva York, 12 de diciembre de 1946.


17. ACUERDO POLÍTICO DEL CONGRESO DE MUNICH EN 1962.

El Congreso del Movimiento Europeo reunido en Múnich los días 7 y 8 de junio de 1962 estima que la integración, ya en forma de adhesión, ya de asociación de todo país a Europa, exige de cada uno de ellos instituciones democráticas, lo que significa en el caso de España, de acuerdo con la Convención Europea de Derechos del Hombre y la Carta Social europea, lo siguiente:
1. La instauración de instituciones auténticamente representativas y democráticas que garanticen que el gobierno se basa en el consentimiento de los gobernados.
2. La efectiva garantía de todos los derechos de la persona humana, en especial los de libertad personal y de expresión, con supresión de la censura gubernativa.
3. El reconocimiento de la personalidad de las distintas comunidades naturales.
4. El ejercicio de las libertades sindicales sobre bases democráticas y de la defensa por los trabajadores de sus derechos fundamentales, entre otros medios por el de la huelga.
5. La posibilidad de organización de corrientes de opinión y de partidos políticos con el reconocimiento de los derechos de la oposición.
El Congreso tiene la fundada esperanza de que la evolución con arreglo a las anteriores bases permitirá la incorporación de España a Europa, de la que es un elemento esencial; y toma nota de que todos los delegados españoles, presentes en el Congreso, expresan su firme convencimiento de que la mayoría de los delegados españoles desean que la evolución se lleve a cabo de acuerdo con las normas de la prudencia política, con el ritmo más rápido que las circunstancias permitan, con sinceridad por parte de todos y con el compromiso de renunciar a toda violencia activa o pasiva, durante y después del proceso evolutivo”.
Congreso del Movimiento Europeo celebrado en Múnich los días 7 y 8 de junio de 1962.


9. HISTORIA DE LA ESPAÑA ACTUAL Y SU INTEGRACIÓN EN EUROPA (1975-2004)

18. ADOLFO SUÁREZ, PUEDO PROMETER Y PROMETO.
Creo modestamente que en esta nueva hora de España y al pedirles su voto no traigo mis papeles en blando, ni soy una incógnita. Prometimos devolveré la soberanía al pueblo español, y mañana la ejerce. Prometimos normalizar nuestra vida política, gestionar la Transición en paz, construir la democracia desde la legalidad, y creemos que con las lógicas deficiencias lo hemos conseguido. Prometimos que todas las familias políticas pudieran tener un lugar en las Cortes, y el miércoles pueden lograrlo.
Pero si ustedes nos dan su voto: puedo prometer y prometo que nuestros actos de gobierno constituirán un conjunto escalonado de medidas racionales y objetivas para la progresiva solución de nuestros problemas. Puedo prometer y prometo, intentar elaborar una Constitución en colaboración con todos los grupos representados en las Cortes, cualquiera que sea su número de escaños. Puedo prometer y prometo, porque después de las elecciones ya existirán los instrumentos necesarios, dedicar todos los esfuerzos a lograr un entendimiento social que permita fijar las nuevas líneas básicas que han de seguir la economía española en los próximos años. Puedo prometer y prometo que los hombres de la Unión de Centro Democrático promoverán una reforma fiscal que garantice que garantice, de una vez para todos, que pague más quien más tiene. Puedo prometer y prometo un marco legal para institucionalizar cada región según sus propias características. Puedo prometer y prometo que trabajaremos con honestidad, con limpieza y de tal forma que todos ustedes puedan controlar las acciones de gobierno. Puedo, en fin, prometer y prometo que el logro de una España para todos no se pondrá en peligro por las ambiciones de algunos y los privilegios de unos cuantos.
Discurso de Suárez dos días antes de las elecciones de junio de 1977
19. CONSTITUCIÓN DE 1978.
Art. 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2.  La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
3.  La forma política del estado español es la monarquía parlamentaria.
Art. 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Art. 6. Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política [...] Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Art.14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Art.16. 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto [...] 3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal [...]
Art. 20. 1. Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones [...] b). A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar y recibir libremente información veraz [...]
Art 23. 1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal [...]
Art. 41. Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo [...]

Art. 66. 1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. 2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado [...]

Art. 77. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.
Art. 137. El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Art. 147. 1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.
Art. 155. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuara de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno [...] podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

BOE, 29 de diciembre de 1978



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