UNIDADES DIDÁCTICAS

En España el respeto es revolucionario. Fernando de los Ríos.

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CRONOLOGÍA. LA SEGUNDA REPÚBLICA (1931-1936)





1931
Abril
Elecciones municipales
Proclamación de la República.
Mayo

Decreto de laboreo forzoso y Le y de Jurados Mixtos.
Incendio de conventos.
Junio
Elecciones a Cortes constituyentes.
Julio
Presentación del Proyecto de Reforma Agraria.
Agosto
Aprobación por Referéndum popular el Proyecto de Estatuto de Cataluña.
Octubre
Aprobación de los artículos 26 y 27.
Aprobación de la Ley de Defensa de la República
Noviembre
Ley de Contratos de Trabajo.
Diciembre
Aprobación de la Constitución
Alcalá Zamora presidente de la República.
Azaña pasa a encabezar el gobierno.
1932
Enero
Proclamación del “comunismo libertario” en la cuenca del Llobregrat.
Enfrentamientos en Castilblanco y Arnedo.
Mayo
Debate sobre el proyecto de Estatuto de Autonomía.
Agosto
Sublevación militar de Sanjurjo.
Septiembre
Aprobación del Estatuto de Cataluña
Aprobación de la Ley de Bases de la Reforma Agraria.


1933
Enero
Levantamiento anarquista en Cataluña.
Sucesos de Casas Viejas (10-11 enero).
Febrero
Fundación de la CEDA
Abril
Elecciones municipales, desgaste del gobierno.
Se constituye la Junta Central de la Unión Militar Española.
Mayo
Ley de Confesiones y Congregaciones religiosas.
Julio
Aprobación de la nueva Ley Electoral.
Octubre
Fundación de la Falange Española por J.A. Primo de Rivera.
Noviembre
Elecciones generales.
Diciembre
Triunfo del centro-derecha. Gobierno Lerroux.





1934
Febrero
Fusión F.E de las JONS.
Marzo
El Parlamento catalán aprueba la Ley de Contratos de Cultivo.
Contactos entre la derecha monárquica (Goicoechea) y Mussolini
Abril
- Nace Izquierda Republicana (fusión de Acción Republicana, Partido Radical Socialista Independiente y la ORGA).
- Gil Robles a las JAP “tomaremos el poder por cualquier medio”
- Ley de Amnistía para los golpistas de 1932.
Mayo
- Nace el Partido Radical Demócrata (escisión del Partido Radical).
- Decreto anulando las expropiaciones a la nobleza.
Junio
En un clima de lucha social comienza la huelga de campesinos, del 5 al 18 en 37 provincias. 13 muertos y decenas de heridos. 7000 detenidos.
Septiembre
Creación del Bloque Nacional por un sector de la extrema derecha.
Octubre
- Nuevo gobierno con tres ministros de la CEDA.
- Paro general.
- Declaración del Estado Catalán dentro de la República Federal Española. Represión.
- Revolución de Asturias. 6 al 19. 1051 revolucionarios muertos, 2051 heridos. 30.000 detenidos.
Diciembre
Suspensión del Estatuto de Autonomía de Cataluña.


1935
Mayo
- Gobierno Lerroux con mayoría de la CEDA.
- Gil Robles en guerra. Franco Jefe del Estado Mayor.

Julio
Lerroux presenta un proyecto de reforma de la Constitución.
Agosto
Ley de Contrarreforma Agraria.
Septiembre
Escándalo del estraperlo.
Gobierno de Chapaprieta.
Diciembre
Portela Valladares presidente.
Convocatoria de elecciones




1936
Enero
Constitución del Frente Popular.
Febrero
- El Frente Popular gana las elecciones.
- Azaña forma gobierno.
- Ley de Amnistía.
- Volvía a aplicarse la Ley de Reforma Agraria.
Marzo
- Intento de atentado contra Jiménez de Asúa.
- Falange Española es declarada ilegal y su fundador J.A. Primo de Rivera detenido.
Abril.
- Nuevas Cortes.
- Destitución de Alcalá Zamora.
- La conspiración en marcha. Intentos.
Mayo
- Azaña es elegido presidente de la República.
- Gobierno de Casares Quiroga.
Junio
- Calvo Sotelo amenaza en las Cortes.
- Preparado para discusión el Proyecto de Estatuto Vasco.
Julio
- 12-13. Muerte del teniente José Castillo y de Calvo Sotelo.
- 17. Se subleva Melilla.
- 18-21. Generalización de la sublevación.

LOS 13 PUNTOS DE JUAN NEGRÍN. 1 DE MAYO DE 1938.

El gobierno de unión nacional, apoyado en la confianza de todos los partidos y de todas las organizaciones sindicales que representan la totalidad de los ciudadanos españoles, dentro del cuadro de la legalidad constitucional, declara solemnemente a sus compatriotas y al mundo entero que los objetivos de la lucha que se persiguen son los siguientes:
I.- Asegurar la independencia absoluta y la integridad total de España (…)
II.- Liberar nuestro territorio de las fuerzas militares extranjeras que lo habían invadido (…)
III.- Establecer una República del pueblo, representada por un Estado vigoroso, basado en los principios de la democracia pura (…)
IV.- La estructura jurídica y social de la República estará determinada por la voluntad nacional, libremente expresada por medio de un plebiscito (…)
V.- Respeto de las libertades regionales, sin que sea comprometida la integridad de la unidad española (…)
VI. El Estado español garantizará a todos los ciudadanos la plenitud de sus derechos en la vida civil y social, la libertad de conciencia y el libre ejercicio de las convicciones y prácticas religiosas.
VII. El Estado garantizarán la propiedad legal legítimamente adquirida, en el cuadro de los límites dictados por los intereses superiores de la nación y la protección de los elementos productores. (…)
VIII. Una reforma agraria radical con el fin de liquidar la vieja propiedad aristocrática y semifeudal (…). La España nueva será establecida sobre  la amplia y sólida base de una democracia rural y será dueña de las tierras que cultive.
IX. El Estado garantizará los derechos de los trabajadores (…)
X. El mejoramiento cultural, físico y moral de la Raza.
XI. El Ejército español, al servicio de la Nación,  estará libre de tendencia y partido (…)
XII. (…) renunciación  a la guerra como instrumento de política nacional (…)
XIII. Una amplia amnistía para los españoles que quisieren colaborar  al inmenso trabajo  de reconstrucción y mejoramiento de España (…)

PROCLAMA DE MOLA (5-VI-1936).

Tan pronto tenga éxito el movimiento nacional, se constituirá un Directorio, que lo integrará un presidente y cuatro vocales militares (…) El Directorio ejercerá el Poder con toda su amplitud; tendrá la iniciativa de los Decretos-Leyes que se dicten (…) Los primeros Decretos-Leyes serán los siguientes: 
a) Supresión de la Constitución de 1931. 
b) Cese del presidente de la República y miembros del Gobierno. 
c) Atribuirse todos los poderes del Estado, salvo el judicial, que actuará con arreglo a las Leyes y Reglamentos preestablecidos que no sean derogados o modificados. d) Defensa de la Dictadura Republicana. Las sanciones de carácter dictatorial serán aplicadas por el Directorio sin intervención de los Tribunales de Justicia. 
e) Derogación de las Leyes (…) que no estén de acuerdo con el nuevo sistema orgánico del Estado. 
f) Disolución de las actuales Cortes. 
g) Disolución del Tribunal de Garantías Constitucionales. 
h) Restablecimiento de la pena de muerte en los delitos contra las personas 
(…) El Directorio se comprometerá durante su gestión a no cambiar el régimen republicano, mantener en todo las reivindicaciones obreras legalmente logradas, reforzar el principio de autoridad y los órganos de la defensa del Estado, dotar convenientemente al Ejército (…), organizar la instrucción preliminar desde la escuela y adoptar cuantas medidas estimen necesarias para crear un Estado fuerte y disciplinado (…) Serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedades y sindicatos no afectos al movimiento, aplicándoles castigos ejemplares (…) para estrangular movimientos de rebeldía y huelgas. Conquistado el poder instaurará una dictadura militar que tenga por misión inmediata restablecer el orden público, imponer el imperio de la ley y reforzar convenientemente al ejército, para consolidar la situación de hecho que pasará a ser de derecho. 
Proclamación General Mola Madrid, 5 de junio de 1936. El Director.
Fuente: TUSELL, J.- Historia de España Contemporánea, 2° Bachillerato, Madrid, 1996. p 301.

CONSTITUCIÓN DE 1931

(…) España, en uso de su soberanía y representada por las Cortes Constituyentes, decreta y sanciona esta Constitución. 
Art. 1° España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones. 
Art. 2°. Todos los españoles son iguales ante la ley. 
Art 3°. El Estado español no tiene religión oficial. 
Art. 4°. El castellano es el idioma oficial (...) Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones (…) 
Art. 6°. España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional (…) 
Art. 11°. Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas, comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un núcleo político-administrativo, dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo establecido en el Art. 12. (…) 
Art, 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español (…); Los cementerios estarán exclusivamente sometidos a la jurisdicción civil. No podrá haber en ellos separación de recintos por motivos religiosos, (…) 
Art. 44. Toda la riqueza del país, sea quien fuere su dueño, está subordinada a los intereses de la economía nacional (...); La propiedad de toda clase de bienes podrá ser objeto de expropiación forzosa por causa de utilidad social mediante adecuada indemnización (…) 
Art 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso (…) 
Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto. Constitución de 1931.
Fuente: De Esteban, J. “Constituciones de España” (Constitución de 1931). Centro de Estudios P. y C.



CARTA COLECTIVA DEL EPISCOPADO ESPAÑOL SOBRE LA GUERRA

La Iglesia no ha querido esta guerra. Cierto que miles de hijos suyos, obedeciendo a los dictados de su conciencia y de su patriotismo, y bajo su responsabilidad personal, se alzaron en armas para salvar los principios de la religión y justicia cristianas que secularmente habían informado la vida de la nación […].
La sublevación militar no se produjo, ya desde sus comienzos, sin colaboración con el pueblo sano […], que este movimiento y la revolución comunista son dos hechos que no pueden separarse, si se quiere enjuiciar debidamente la naturaleza de la guerra. Y porque Dios es el más profundo cimiento de una sociedad bien ordenada –lo era la nación española– la revolución comunista, aliada de los ejércitos del gobierno, fue, sobre todo, antidivina. Se cerraba así el ciclo de la legislatura laica de la Constitución de 1931 con la destrucción de cuanto era cosa de Dios.
La guerra es, pues, como un plebiscito armado. […] La lucha de un pueblo partido en dos tendencias: la espiritual, del lado de los sublevados, que salió en defensa del orden, la paz social, la civilización tradicional y la patria, y muy ostensiblemente, en un gran sector, para la defensa de la religión; y de la otra parte, la materialista, llámese marxista, comunista o anarquista, que quiso sustituir la vieja civilización de España, con todos sus factores, por la novísima «civilización» de los soviets rusos.
1 de julio de 1937

DECRETO DE UNIFICACIÓN DE 1937.

Art.1.º Falange Española y Requetés, con sus actuales servicios y elementos se integran, bajo Mi Jefatura, en una sola entidad política de carácter nacional, que de momento se denominará Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S. Esta organización intermedia entre la Sociedad y el Estado tiene la misión principal de comunicar al Estado el aliento del pueblo y de llevar a este el pensamiento a través de las virtudes político-morales, de servicio, jerarquía y hermandad.
Quedan disueltas las demás organizaciones y partidos políticos.
Art. 2.º Serán órganos rectores de la nueva entidad política nacional el Jefe del Estado, un Secretariado o Junta Política y el Consejo Nacional.
Art.3.º Quedan fundidas en una sola Milicia Nacional las de la Falange Española y de Requetés, conservando sus emblemas y signos exteriores.
La Milicia Nacional es auxiliar del Ejército. El Jefe del Estado es Jefe Supremo de la Milicia […]
FRANCISCO FRANCO, Salamanca,
a diecinueve de abril de mil novecientos treinta y siete,
Boletín Oficial del Estado, Burgos, 20 de abril de 1937


LAS COLECTIVIDADES EN BARCELONA

La criminal sublevación militar del 19 de julio ha producido un trastorno extraordinario en la economía del país. El Consejo de la Generalidad tiene que atender a la reconstrucción de los daños que la traición de los que intentaban poner en nuestro país un régimen de fuerza ha causado a la industria y comercio de Cataluña. La reacción popular producida por aquella sublevación ha sido de una intensidad tal que ya ha provocado una profunda transformación económico-social, cuyos fundamentos se están cimentando ahora en Cataluña. La acumulación de riqueza en manos de un grupo de personas cada vez menor iba seguida de la acumulación de miseria en la clase trabajadora y por el hecho de que aquel grupo, por salvar sus privilegios, no dudara en provocar una guerra cruenta, la victoria del pueblo ha de equivaler a la muerte del capitalismo.
Ahora es, pues, necesario organizar la producción, orientándola en el sentido de que el único beneficiario sea la colectividad, el trabajador, al cual corresponderá la función directiva del nuevo orden social. Se impone la supresión del concepto de renta que no proceda del trabajo.
El principio de la organización económico-social de la gran industria ha de ser la producción colectivizada. […]
Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya,
24 de octubre de 1936


LA DESIGUAL AYUDA A LOS COMBATIENTES

Estas son, en primer lugar, la persistente superioridad material durante toda la guerra de las fuerzas nacionalistas en tierra y en el aire, y, en segundo lugar, la superior calidad de todos sus cuadros hasta hace nueve meses o posiblemente un año. […]
Esta inferioridad material [de las tropas republicanas] no solo es cuantitativa sino también cualitativa, como resultado de la multiplicidad de tipos [de armas]. Fuera cual fuera el propósito imparcial y benévolo del Acuerdo de No Intervención, sus repercusiones en el problema de abastecimiento de armas de las fuerzas republicanas han sido, para decir lo mínimo, funestas y, sin duda, muy distintas de lo que se pretendía.
La ayuda material de Rusia, México y Checoslovaquia [a la república] nunca se ha equiparado en cantidad o calidad con la de Italia y Alemania [a Franco]. Otros países, con independencia de sus simpatías, se vieron refrenados por la actitud de Gran Bretaña. En esa situación, las armas que la república pudo comprar en otras partes han sido pocas, por vías dudosas y generalmente bajo cuerda. El material bélico así adquirido tuvo que ser pagado a precios altísimos y utilizado sin la ayuda de instructores cualificados en su funcionamiento. Tales medios de adquisición han dañado severamente los recursos financieros de los republicanos
Informe confidencial del mayor E. C. Richards, agregado militar británico en España, sobre la estrategia ofensiva en la guerra española, 25 de noviembre de 1938

LA REPÚBLICA ANTE EL COMITÉ DE NO INTERVENCIÓN

Estas son, en primer lugar, la persistente superioridad material durante toda la guerra de las fuerzas nacionalistas en tierra y en el aire, y, en segundo lugar, la superior calidad de todos sus cuadros hasta hace nueve meses o posiblemente un año. […]
Esta inferioridad material [de las tropas republicanas] no solo es cuantitativa sino también cualitativa, como resultado de la multiplicidad de tipos [de armas]. Fuera cual fuera el propósito imparcial y benévolo del Acuerdo de No Intervención, sus repercusiones en el problema de abastecimiento de armas de las fuerzas republicanas han sido, para decir lo mínimo, funestas y, sin duda, muy distintas de lo que se pretendía.
La ayuda material de Rusia, México y Checoslovaquia [a la república] nunca se ha equiparado en cantidad o calidad con la de Italia y Alemania [a Franco]. Otros países, con independencia de sus simpatías, se vieron refrenados por la actitud de Gran Bretaña. En esa situación, las armas que la república pudo comprar en otras partes han sido pocas, por vías dudosas y generalmente bajo cuerda. El material bélico así adquirido tuvo que ser pagado a precios altísimos y utilizado sin la ayuda de instructores cualificados en su funcionamiento. Tales medios de adquisición han dañado severamente los recursos financieros de los republicanos
Informe confidencial del mayor E. C. Richards, agregado militar británico en España, sobre la estrategia ofensiva en la guerra española, 25 de noviembre de 1938

MANIFIESTO DE FRANCO (JULIO DE 1936)

Españoles: a cuantos sentís el santo amor a España, a los que en las filas del Ejército y la Armada habéis hecho profesión de fe en el servicio de la Patria, a cuantos jurasteis defenderla de sus enemigos hasta perder la vida, la Nación os llama a su defensa. La situación de España es cada día más crítica, la anarquía reina en la mayoría de sus campos y pueblos; autoridades de renombre gubernativo presiden cuando no fomentan las revueltas; a tiro de pistola y ametralladoras se dirimen las diferencias entre los ciudadanos, que, alevosa y traidoramente, se asesinan, sin que los poderes públicos impongan la paz y la justicia. Huelgas revolucionarias de todo orden paralizan la vida de la Nación, arruinando y destruyendo sus fuentes de riqueza y creando una situación de hambre que lanzará a la desesperación a los hombres trabajadores. Los monumentos y tesoros artísticos son objeto del más enconado ataque de las hordas revolucionarias, obedeciendo la consigna que reciben de las directivas extranjeras […].
Justicia, igualdad ante las leyes ofrecemos.
Paz y amor entre los españoles, libertad y fraternidad, exentas de libertinaje y tiranía.
Trabajo para todos, justicia social […] y una equitativa y progresiva distribución de riquezas, sin destruir ni poner en peligro la economía española.
Pero frente a esto una guerra sin cuartel a los explotadores de la política […] que directa o solapadamente intentan destruir a España.
Españoles, ¡¡¡Viva España!!! ¡¡¡Viva el honrado pueblo español!!!
Francisco Franco, Diario Oficial del Ministerio de la Guerra, Tetuán, 25 de julio de 19

LA OPOSICIÓN DE DERECHAS EN LAS ELECCIONES DE 1932

Los candidatos de la coalición antimarxista defenderán resueltamente la necesidad de una inmediata derogación, por la vía que en cada caso proceda, de los preceptos, tanto constitucionales como legales, inspirados en designios laicos y socializantes […]; trabajarán sin descanso para lograr la cancelación de todas las disposiciones confiscadoras de la propiedad y persecutorias de las personas, de las asociaciones y de las creencias religiosas […].
A impedir que la política anticatólica, antieconómica y antinacional, representada por el socialismo y sus subalternos auxiliares, más o menos descubiertos o subrepticios, prevalezca o siquiera influya predominantemente, como hasta ahora, en la gobernación del Estado, irán vigorosa y enérgicamente encaminados todos nuestros esfuerzos.
Manifiesto electoral de la candidatura antimarxista por Madrid, octubre de 1932

EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA

Art. 1.° Cataluña se constituye en región autónoma dentro del Estado español de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto. Su organismo representativo es la Generalidad […].
Art. 2.° El idioma catalán es, como el castellano, lengua oficial en Cataluña […]. Dentro del territorio catalán, los ciudadanos, cualquiera que sea su lengua materna, tendrán derecho a elegir el idioma oficial que prefieran en sus relaciones con los tribunales, autoridades y funcionarios de toda clase, tanto de la Generalidad como de la República […].
Art. 11.° Corresponde a la Generalidad la legislación exclusiva en materia civil, salvo lo dispuesto en el artículo 15, número 1, de la Constitución, y la administrativa que le esté plenamente atribuida por este Estatuto.
La Gaceta, Madrid, 21 de septiembre de 1932


LEY DE BASES DE LA REFORMA AGRARIA


Base 5.a Serán susceptibles de expropiación las tierras incluidas en los siguientes apartados:
1.° Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños […].
4.° Las fincas rústicas de corporaciones, fundaciones y establecimientos públicos que las exploten en régimen de arrendamiento, aparcería o cualquier otra forma que no sea explotación directa […].
5.° Las que por las circunstancias de su adquisición, por no ser explotadas directamente por los adquirentes […], deba presumirse que fueron compradas con fines de especulación o con el único objeto de percibir su renta.
6.° Las que constituyeron señoríos jurisdiccionales […].
7.° Las incultas o manifiestamente mal cultivadas […]
Ley de Bases de la Reforma Agraria, 1932

BANDO DE DECLARACIÓN DEL ESTADO DE GUERRA, 19 DE JULIO DE 1936

Una vez más el Ejército unido a las demás fuerzas de la Nación se ve obligado a recoger el anhelo de la gran mayoría de los españoles. Se trata de restablecer el imperio del orden, no solamente en sus apariencias externas, sino también en su misma esencia; para ello precisa obrar con justicia, que no repare en clases ni categorías sociales, a las que ni se halaga ni se persigue, cesando de estar dividido el país en dos bandos: el de los que disfrutan del poder y el de los que son atropellados en sus derechos. La conducta de cada uno guiará la de la autoridad, otro elemento desaparecido de nuestra Nación y que es indispensable en toda colectividad humana. El restablecimiento del principio de autoridad exige inexcusablemente que los castigos sean ejemplares […].
ORDENO Y MANDO:
Artículo 1.° Queda declarado el estado de guerra en todo el territorio de la provincia de Navarra y como primera providencia militarizadas todas las fuerzas, sea cualquiera la autoridad de quien dependían anteriormente, con los deberes y atribuciones que competen a las del Ejército y sujetas igualmente al Código de Justicia Militar.
Pamplona, a 19 de julio de 1936.- El general, EMILIO MOLA
Bando de declaración del estado de guerra, 19 de julio de 1936.

LA COALICIÓN DEL FRENTE POPULAR

Los partidos republicanos Izquierda Republicana, y el Partido Socialista en representación del mismo y de la Unión General de Trabajadores, Federación General de Juventudes Socialistas, el Partido Obrero de Unificación Marxista, el Partido Comunista, el Partido Sindicalista, sin perjuicio de dejar a salvo los postulados de sus doctrinas, han llegado a comprometer un plan político común que sirva de fundamento y cartel a la coalición de sus respectivas fuerzas en la inmediata contienda electoral y de norma de gobierno que habrán de desarrollar los partidos republicanos de izquierda con el apoyo de la fuerzas obreras en caso de victoria. Declaran ante la opinión pública sus bases y los límites de coincidencia política y además la ofrecen a la consideración de las restantes organizaciones republicanas y obreras por si estiman conveniente a los intereses nacionales de la república venir a integrar el bloque de izquierdas que debe luchar frente a la reacción en las elecciones generales a diputados a Cortes.
Publicado en El Socialista, 16 de enero de 1936

PROGRAMA DE LA CEDA

Electores de Madrid: Los candidatos designados por las organizaciones políticas y fuerzas sociales representadas en la coalición antimarxista utilizan un derecho y, a la vez, cumplen un deber al dirigirse al cuerpo electoral para solicitar de él su voto y apoyo. […]
Los candidatos de la coalición antimarxista defenderán resueltamente y a todo trance la necesidad de una inmediata derogación por la vía que en cada caso proceda, de los preceptos tanto constitucionales como legales, inspirados en designios laicos y socializantes, en realidad encaminados a destruir así el inmenso patrimonio moral como la ya exhausta riqueza material de la sociedad española; trabajarán sin descanso para lograr la cancelación de todas las disposiciones confiscadoras de la propiedad y persecutorias de las personas, de las Asociaciones y de las creencias religiosas. Y finalmente solicitarán, como prenda de paz, la concesión de una amplia y generosa amnistía.
Publicado en ABC, octubre de 1933

LOS OBJETIVOS DE LA REFORMA AGRARIA

Todos los proyectos persiguen en primer término la resolución del paro obrero. […] ¿Cómo lo intenta este proyecto? Con asentamientos. […]
La segunda finalidad es la redistribución de la tierra. Ha de redistribuirse de nuevo para que cumpla la función que ahora no realiza; la expropiación de la tierra ha de hacerse por razón de su origen y por razón de su empleo. Así pues, la redistribución de la tierra se hará a base de las tierras de señorío y de los bienes comunales.
Si el proyecto tiene una tendencia, podría ser ésta: la de intervenir el Estado en todos los órdenes de la economía agraria para disciplinarla en todos sus aspectos y para racionalizar la producción. El cuidar que la tierra cumpla la función social que le corresponde. Ya sabemos que este problema, como el religioso, tenía que levantar tempestades sobre los hombres que lo impulsaran. Este es el sino de los hombres que asisten a los inicios de un cambio de régimen.
Discurso de Marcelino Domingo sobre la reforma agraria en las Cortes, 15 de junio de 1932

ESPAÑA HA DEJADO DE SER CATÓLICA



discurso Azaña

LA PROCLAMACIÓN DE LA SEGUNDA REPÚBLICA

A las tres de la tarde del día 14 se izó en Madrid la primera bandera republicana, que tremoló sobre el Palacio de Comunicaciones. Esta bandera produjo un movimiento general de curiosidad que se convirtió en un estallido de entusiasmo al conocerse que representaba realmente lo que simbolizaba, o sea, la toma del poder por parte del Gobierno provisional.
En cuanto esto se hizo público, Madrid corrió a destruir y a esconder los símbolos monárquicos. Los comerciantes proveedores de la Real Casa, las tiendas con el escudo real, las fondas, teatros y restaurantes con algún nombre relacionado con la monarquía, hicieron desaparecer rápidamente los nombres comprometedores y dinásticos. Las estatuas que el pueblo consiguió derribar cayeron de forma implacable. Un busto de bronce de Primo de Rivera fue colgado en el balcón de Gobernación.
Las banderas republicanas se hicieron más y más espesas. […] El pueblo de Madrid, que suele poseer una finura crítica indudable, aderezó el espectáculo con su causticidad proverbial. El Rey y la Reina no fueron tratados por la masa con cumplidos, pero tampoco con una crueldad exagerada.
J. PLA, «El 14 de abril en Madrid», Artículo publicado
en La Veu de Catalunya, 1993

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