Platicóse asímismo en el Consejo del Rey e de la Reina cómo se devían instititular; e como quiera que los votos de algunos de su Consejo eran que se intitulasen "Reyes e señores de España", pues subçediendo en aquellos Reinos de Aragón eran señores de toda la mayor parte della, pero determinaron de lo no hazer, e intituláronse en todas sus cartas en esta manera: "Don Fernando e doña Isabel, por la graçia de Dios, rey e reina de Castilla, de León, de Aragón, de Seçilla, de Toledo, de Valençia, de Galizia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córçega, de Murçia, de Jahén, del Algarbe, de Algezira, de Gibraltar, conde e condesa de Barçelona, señores de Vizaya e de Molina, duques de Atenas e de Neopatria, condes de Rosellon e de Cerdania, marqueses de Oristán e de Goçiano"
Hernando Pérez del Pulgar, Crónica de los Reyes Católicos.
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