“Art.
1. España es
una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza
en régimen de Libertad y Justicia. Los poderes de todos sus órganos
emanan del pueblo. La República constituye un Estado
integral, compatible con la autonomía de
los Municipios y las Regiones. La bandera de la República española es roja,
amarilla y morada.
Art.
2. Todos los
españoles son iguales ante la ley.
Art.
3. El Estado
español no tiene religión oficial.
Art.
4. El
castellano es el idioma oficial de la República. Todo español tiene obligación
de saberlo y el derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes
del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones […]
Art.
25. No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la
filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las
creencias religiosas. El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios […]
Art.
67. El Presidente
de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación […]
CLASIFICACIÓN DEL TEXTO.
Selección del articulado de la Constitución de la Segunda República, elaborada en el Parlamento elegido en junio de 1931, cuya primera tarea fue la redacción de la Constitución que quedó aprobada a finales de año. Es una fuente primaria de naturaleza político-jurídica, esencial para el conocimiento de la historia política en España. Documento, por tanto, público promulgado como Ley Suprema del Estado.
En las elecciones municipales celebradas en abril de 1931, la victoria electoral de las candidaturas republicanas en las ciudades trajo consigo la caída de la monarquía. El cambio de régimen se realizó sin derramamiento de sangre el 14 de abril de 1931, tras la proclamación de la República en Madrid, Barcelona y otras capitales españolas. Las elecciones para Cortes Constituyentes se celebraron a finales de junio con una alta participación. Obtuvo una aplastante mayoría la conjunción republicano-socialista en casi todas las provincias. La redacción de una nueva Constitución fue la primera tarea que se impusieron los diputados. Manuel Azaña, como jefe de Gobierno, fue una figura decisiva en los debates.
IDEAS PRINCIPALES.
En esta selección encontramos algunos de los artículos más significativos del texto constitucional que recogen principios básicos del nuevo régimen.
- Una definición de la nación española radicalmente popular y democrática basada en los principios del trabajo, la libertad y la justicia (art. 1) y la definición unitaria del Estado español, aún reconociendo la autonomía de municipios y regiones.
- Igualdad de los ciudadanos ante la Ley (art. 2).
- Oficialidad del castellano como idioma oficial y reconocimiento de lenguas particulares y «regionales» (art. 6).
- Pacifismo en las relaciones internacionales (art. 6).
- Derecho a la autonomía como forma de descentralización política y administrativa del Estado (art. 11).
- Laicismo del Estado (art. 3) y libertad religiosa (art. 27).
- Función social de la riqueza y la propiedad que deben estar subordinadas al interés nacional común (art. 44).
- Poder legislativo radicado en las Cortes (art. 51), elegidas por sufragio universal (art. 52).
Los artículos citados expresan estos derechos y libertades sin ningún tipo de limitaciones ni concesiones a actitudes conservadoras. Resulta difícil fijar una idea como principal, ya que todas mantienen una coherencia básica en tomo al principio de democratización radical del Estado al reconocer los principios básicos de la tradición democrática y republicana. Si acaso, el artículo 1 parece ser el que declara con mayor amplitud los principios de la nueva sociedad española. Todos los demás recogen aspectos esenciales y relacionados -pero no secundarios- del Estado democrático.
CONTEXTO HISTÓRICO.
1. GOBIERNO
PROVISIONAL Y CONSTITUCIÓN DE 1931.
En la dictadura de Primo de Rivera, la oposición se organizó mediante el Pacto de San
Sebastián (1930), reuniendo a republicanos, catalanistas, constitucionalistas
y PSOE. En las elecciones del 12 de abril de 1931, aunque los
monárquicos obtuvieron mayor número de diputados, los republicanos triunfaron
en las capitales de provincia. El día 13, miles de personas en Eibar, Madrid,
Valencia, Barcelona, etc, salen a la calle a la voz de ¡Viva la República! El
día 14 se proclama la II República y ese mismo día Alfonso XIII se desplaza
de Madrid a Cartagena para embarcar hacia el destierro.
1.1. El Gobierno Provisional (Abril-Diciembre 1931)
Entre abril y noviembre de 1931, la
República fue dirigida por la Centro-Izquierda, es decir, por los
firmantes del Pacto de San Sebastián. Se trataron numerosos problemas:
- Problema agrario y laboral. Se pospuso la reforma
agraria hasta su aprobación por Cortes. No obstante, Largo Caballero promulgó
una serie de decretos: aumento de salarios, jornada de ocho horas, jurados
mixtos en caso de conflicto, Decreto de Términos Municipales, Decreto de
Laboreo Forzoso y aparición de la FNNT.
- Reformas militares de Azaña. Los problemas
crónicos del ejército (excesiva oficialidad, intervencionismo político, africanismo)
llevan a Azaña a realizar varias reformas: opción a Generales y
Oficiales de retirarse con el sueldo integro, reducción de las 16 divisiones
del ejército a 8 y supresión de los cargos de Capitán General y Teniente
General.
- Problema religioso. Dos sucesos enturbiaron la
relación Iglesia-Estado: la pastoral del Cardenal Segura elogiando al
Rey y la quema de conventos en
Madrid, Sevilla y Málaga.
- Política cultural y de enseñanza. Para combatir el
32 % de analfabetos, Marcelino Domingo mandó construir 7000 escuelas. El
nuevo modelo educativo, con Fernando de los Ríos al frente, estableció un sistema
unificado, público y gratuito, que garantizaba la igualdad de oportunidades,
la coeducación y el laicismo. Asimismo, se crearon bibliotecas y se socializó
la cultura gracias a las Misiones Pedagógicas. Estas medidas molestaron
a la Iglesia, principal responsable de la educación hasta el momento.
1.3. Elecciones a Cortes Constituyentes. Constitución de
1931.
La centro-izquierda triunfa en las
elecciones del 28 de junio de 1931. La derecha, al presentarse desorganizada,
pasó a ser minoritaria. Luis Jiménez de Asúa redactó la nueva Constitución
(influida por la República de Weimar) aprobada el 9 de diciembre de 1931:
- Principios constitucionales. Establece la soberanía
popular y una República Democrática inspirada en la libertad y la
justicia como forma de Gobierno. Promulga una democracia representativa con
sufragio universal desde los 23 años, incluidas mujeres, el laicismo del
Estado, y un incipiente Estado Social. La forma de Estado es un Estado integral
compatible con autonomías y regiones.
- Organización de poderes. El poder se distribuye
en un Presidente de la República, un Jefe de Gobierno y unas Cortes
unicamerales, donde pueden acceder todos los varones y mujeres mayores de 23
años. Se crea un Tribunal de Garantías Constitucionales.
- Organización territorial del Estado. Municipios,
provincias y regiones autónomas.
- Cuestiones polémicas. Por una parte, la
Constitución republicana reconocía la propiedad privada. Por otra parte,
los artículos 26 y 27 recogían la aconfesionalidad del Estado. Ello provocó
la dimisión de los católicos Alcalá Zamora y Maura. Para tranquilizar a la
opinión pública, Alcalá Zamora fue elegido Presidente de la República.
1.4. Las repercusiones de la crisis económicas de 1929
Aunque
la agricultura y la industria de consumo
presentaron un crecimiento positivo, el “crack de 1929” provocó algunos
problemas inmediatos en España, entre ellos: el descenso de la inversión, la contracción
del comercio exterior, el descenso de la producción industrial, el aumento del
paro y la brusca disminución de la emigración.
Desde el punto de vista político, se
produjo un avance del fascismo.
2. BIENIO REPUBLICANO-AZAÑISTA (DIC. 1931-NOV.
1933)
2.1. La política del Bienio
A lo largo de estos casi dos años,
Manuel Azaña presidirá dos gobiernos de coalición republicano-socialista.
Continuará las reformas en la línea del Gobierno Provisional:
- Reforma agraria. Se pretende resolver las
desigualdades sociales provocadas desde el siglo XIX por la injusta
distribución de la tierra tras las desamortizaciones. A pesar de la oposición
de derecha y radicales, Azaña aprobó la Ley de Reforma Agraria: acaba
con el latifundio, la explotación podría ser a título individual o colectivo y preveía
la expropiación de los grandes propietarios mediante pago de una indemnización
y las de la grandeza de España sin indemnización. Para llevarla a cabo se creó
el Instituto de Reforma Agraria (IRA), pero sus resultados fueron lentos
debido a la escasa financiación del Banco Nacional Agrario y la excesiva
burocratización. Para el campesinado, la II República fue una gran esperanza.
- Estatutos de Autonomía. En Cataluña se aprobó un
Estatuto de Autonomía (1932). Así, Cataluña cuenta con un gobierno propio (Generalitat)
y un Parlamento, presidido por Lluis Companys. Se ocuparían de
asuntos referentes a cultura, administración civil, obras públicas y comunicaciones,
mientras que el resto de competencias le correspondía al Estado Español. Por su
parte, ni País Vasco ni Galicia consiguen que se apruebe el estatuto en todas
sus provincias.
- Política cultural. El ritmo de construcción de
escuelas se frenó por problemas económicos y surge un problema de
escolarización, al contar la Iglesia con 35000 aulas.
- Relaciones Iglesia- Estado. La supresión de la
Compañía de Jesús y la implantación del matrimonio civil y el divorcio agriaron
las relaciones Iglesia-Estado.
2.2. Oposición y problema del bienio
Por una parte, las fuerzas
derechistas se reagrupan. El general Sanjurjo encabezó un golpe de
Estado en agosto de 1932 (Sanjurjada) en
Sevilla, que fracasó. Sanjurjo fue detenido y condenado y la derecha optó
por formar coaliciones electorales:
- CEDA: liderada por Gil Robles, fue un
partido católico y conservador. Se inspiraba en la doctrina social de la
Iglesia y contó con un fuerte arraigo entre el campesiando, clases medias y
monárquicos. Sus Juventudes de Acción Popular (JAP), de actitud
pro-fascista, actuaban bajo los pilares de la religión, familia, orden, propiedad
y autoritarismo.
- Falange Española de las JONS. Formada en 1934 por
la fusión de las JONS (a su vez fusión de “La conquista del Estado” de Ledesma
y las Juntas Castellanas de Actuación Hispánica de Onésimo Redondo) y la
Falange Española (FE) de José Antonio Primo de Rivera. Se declaraba
enemiga de los partidos políticos, del parlamentarismo, de la lucha de clases y
afirmaba no ser ni de derechas ni de izquierdas. Propugnaba por la sindicación
vertical de las fuerzas productivas y la reforma agraria (Programa 27 puntos).
En cuanto a la CNT, salvo la facción partidaria
del sindicalismo apolítico de Ángel Pestaña, triunfó la línea insurreccional
(FAI). La FAI era contraria a la UGT (negociadora con el régimen republicano) y
se enfrentó al Gobierno para atraerse a los obreros ugetistas descontentos por
la lenta reforma agraria. Los
anarquistas proclamaron el comunismo libertario en varias comarcas, produciéndose
los incidentes más graves en Castilblanco (dic. 1931), Arnedo
(enero, 1932) y Casas Viejas (enero 1933). La oposición parlamentaria,
dirigida por Lerroux, también acosó al Gobierno.
2.3. Fin del Bienio Social-Azañista
Ante
el malestar general, el gobierno de Azaña dimitió en septiembre de 1933. Alcalá
Zamora disolvió las Cortes y convocó elecciones el 19 de noviembre de 1933, ganando
los partidos de derecha y centro. Los motivos que explican la
derrota electoral son:
- Mientras que las derechas fueron
unidas a las urnas, las izquierdas no lo hicieron.
-
El abstencionismo propugnado por la CNT restó votos a las izquierdas.
- El peso del voto femenino debió
inclinarse por los partidos de centro y derecha.
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