ANEXO I.
1. LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN EN ESPAÑA
(1808-1833)
1. CONSTITUCIÓN DE 1812.
[...] Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen
y madura deliberación [...], decretan la siguiente Constitución política para el buen gobierno y recta administración
del Estado [...]:
Art.1. La Nación
española es la unión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Art.3. La soberanía
reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente
el derecho de establecer sus leyes fundamentales [...]
Art 4. La nación está obligada a
conservar y proteger con leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad
y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen, [...]
Art.12. La religión
de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica y
romana, única verdadera [...]
Art. 14. El
Gobierno de la Nación española es
una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 16. La potestad de
hacer ejecutar las leyes reside en
el Rey.
Art. 17. La potestad de
aplicar las leyes [...] reside en los tribunales establecidos por la ley [...]
Art. 27. Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan a la Nación,
nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá [...]
Art 34. Para la elección de los diputados de Cortes se celebrarán juntas
electorales de parroquia, de partido y de provincia [...]
Art 258. El Código civil y criminal, y el de comercio
serán unos mismos para toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones, que
por particulares circunstancias podrán hacer las Cortes.
Fuente: De Esteban, J. “Constituciones de España”
(Constitución de 1812). Centro de Estudios P. y C.
2. ANULACIÓN DE LA OBRA DEL TRIENIO LIBERAL.
Bien públicos y notorios fueron a
todos mis vasallos los escandalosos sucesos que precedieron, acompañaron y
siguieron al establecimiento de la democrática
Constitución de Cádiz en el mes de marzo de 1820: la más criminal traición,
la más vergonzosa cobardía, el desacato más horrendo a mi Real Persona, y la
violencia más inevitable, fueron los elementos empleados para variar
esencialmente el gobierno paternal de
mis reinos en un código democrático,
origen fecundo de desastres y de desgracias. [...]. No fue estéril el grito
general de la Nación: por todas las Provincias se formaban cuerpos armados que
lidiaron contra los soldados de la Constitución [...] La Europa entera, conociendo profundamente mi cautiverio y el de toda
mi Real Familia [...], determinaron poner fin a un estado de cosas que era el
escándalo universal, que caminaba a trastornar todos los Tronos y todas las instituciones
antiguas cambiándolas en la irreligión y en la inmoralidad [...] Sentado
otra vez en el trono de S. Fernando [...], deseando proveer de remedio las más
urgentes necesidades de mis pueblos, y manifestar a todo el mundo mi verdadera
voluntad en el primer momento que he recobrado la libertad; he venido a
declarar los siguiente: [...] Son nulos y de ningún valor todos los actos del gobierno llamado constitucional (de
cualquiera clase y condición que sean) que ha dominado mis pueblos desde el día
7 de marzo de 1820 hasta hoy, día 1° de octubre de 1823, declarando, como
declaro, que en toda esta época he carecido de libertad, obligado a sancionar
las leyes y a expedir las órdenes, decretos y reglamentos que contra mi
voluntad se meditaban y expedían por el mismo gobierno [...] ”.
Gaceta de Madrid, 7 de octubre de 1823. Decreto del 1 de octubre de
1823.
3. LA CONSTRUCCIÓN
DEL ESTADO LIBERAL (1833-1868)
3. EXPOSICIÓN A LA REGENTE DE LOS OBJETIVOS DEL DECRETO
DE DESAMORTIZACIÓN.
Señora:
Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan sólo
cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una
amortización exactamente igual al producto de las rentas, es abrir una fuente
abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir
los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor
natural y vehemente a todo lo propio; enganchar la patria, crear nuevos y
fuertes vínculos que liguen a ella; es en fin identificar con el trono excelso
de ISABEL II, símbolo de orden y de la libertad.
No es, Señora, ni una
fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito, por más que éste
sea la palanca que mueve y equilibra en nuestros días las naciones de Europa:
es un elemento de animación, de vida y de ventura para la España: Es, si puedo
explicarme así, el complemento de su resurrección política.
El decreto que voy a
tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de
esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha
de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia, en su objeto y aún
en los medios por donde se aspire a aquel resultado, se enlace, se encadene, se
funda en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoya
principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones.
He aquí, Señora,
seguidamente bosquejados el objeto y los fundamentos del decreto, cuya minuta
someto a la augusta aprobación de V.M. en uso del voto de confianza.
Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836.
4. MANIFIESTO DE MANZANARES (7 de julio de 1854).
Españoles: La
entusiasta acogida que va encontrando en los pueblos el ejército liberal; el esfuerzo de los soldados que le componen, tan
heroicamente mostrado en los campos de Vicálvaro;
el aplauso con que en todas partes ha sido recibida la noticia de nuestro patriótico alzamiento, aseguran desde
ahora el triunfo de la libertad y de las leyes, que hemos jurado defender.
Dentro de poco días la mayor parte de las provincias habrá sacudido el yugo de
los tiranos; la nación disfrutará los beneficios del régimen representativo [...] Nosotros queremos la conservación del
Trono, pero sin camarilla que lo
deshonre, queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales,
mejorándolas, sobre todo la ley electoral y la de imprenta; queremos la rebaja
de los impuestos, fundada en una estricta economía; queremos que se respeten en
los empleos militares y civiles la antigüedad y el merecimiento; queremos
arrancar a los pueblos de la centralización
que los devora, dándoles la independencia local necesaria para que
conserven y aumenten sus intereses propios; y como garantía de todo esto
queremos y plantearemos bajo sólidas bases la Milicia Nacional [...]. Las Juntas de Gobierno que deben irse
constituyendo en las provincias libres; las Cortes generales, que luego se reúnan; la misma Nación, en fin, fijará las bases
definitivas de la regeneración liberal a
la que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas a la voluntad nacional nuestras
espadas, y no las envainaremos hasta que ella esté cumplida.
Cuartel General de Manzanares, a 7 de julio de 1854. El
General en Jefe del Ejército Constitucional, Leopoldo O´Donnell, Conde de
Lucena.
3. EL SEXENIO DEMOCRÁTICO (1868-1874). ECONOMÍA Y SOCIEDAD ESPAÑOLAS EN
EL SIGLO XIX
5. MANIFIESTO DE “ESPAÑA CON HONRA”.
Españoles: la ciudad
de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en su
puerto y todo el departamento marítimo de la Carraca, declara solemnemente que
niega su obediencia al Gobierno que reside en Madrid, asegura que es leal intérprete
de los ciudadanos [...] y resuelta a no deponer las armas hasta que la nación
recobre su soberanía, manifieste su
voluntad y se cumpla.
Hollada (pisoteada) la ley fundamental, convertida siempre
antes en celada (oculta) que en defensa del ciudadano; corrompido el sufragio
por la amenaza y el soborno; dependiente la seguridad individual, no del derecho
propio, sino de la irresponsable voluntad cualquiera de las autoridades, muerto
el municipio, pasto la Ad- ministración y la Hacienda de la inmoralidad y del agio (del negocio), tiranizada la
enseñanza, muda la prensa… ¡Españoles! [...]
Queremos que una legalidad común por
todos creada tenga implícito y constante el respeto de todos. Queremos que el
encargado de observar la constitución no
sea su enemigo irreconciliable [...]
Queremos vivir la vida de la honra y
de la libertad. Queremos que un Gobierno
Provisional que represente todas las fuerzas vivas de su país asegure el
orden, en tanto que el sufragio
universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política.
Contamos para realizar nuestro
inquebrantable propósito [...] con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el
común peligro; con el apoyo de las clases
acomodadas, [...] con los ardientes partidarios de las libertades
individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el
apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar en su
origen las fuentes del vicio y del mal ejemplo; con el pueblo todo y con la
aprobación, en fin, de la Europa entera;
pues no es posible que en el consejo de las naciones se haya declarado ni se
decrete que España ha de vivir envilecida [...]
Españoles [...]: acudid a las armas,
[...] no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa
serenidad con que la justicia empuña su espada. ¡Viva España con honra!
Cádiz, 19 de septiembre de 1868. Duque de la Torre, Juan Prim, Domingo
Dulce, Francisco Serrano Deboya, Ramón Nouvilas, Rafael Primo de Rivera,
Antonio Caballero de Rodas, Juan Topete.
6. ABDICACIÓN DE AMADEO DE SABOYA.
Grande fue la honra
que merecía la Nación española eligiéndome para ocupar su trono, honra tanto más por mi apreciada cuanto se me ofrecía
rodeada de las dificultades y peligros que lleva consigo la empresa de gobernar
un país tan hondamente perturbado [...]
Conozco que me engañó
mi buen deseo. Dos años largos ha
que ciño la corona de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada
día más lejana la era de paz y de ventura que tan ardientemente anhelo. Si
fueran extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos
soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos, pero
todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra agravan y perpetúan
los males de la nación son españoles;
todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su
bien, y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y
contradictorio clamor de los partidos,
entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible
afirmar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar remedio para tamaños
males. Los he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado. Fuera de
la ley no ha de buscarlo quien ha prometido observarla [...] AMADEO.
Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873.
7. PROTESTA DE LOS DELEGADOS DEL SEGUNDO CONGRESO DE LA
REGIÓN ESPAÑOLA DE LA AIT EN ZARAGOZA.
Los firmantes,
delegados por las federaciones locales
de la región española de la Asociación Internacional de Trabajadores, para
constituir en Zaragoza el segundo Congreso
obrero de la región.
PROTESTAN
solemnemente en nombre de todos los trabajadores asociados en España, y a la
faz del mundo, del brutal y escandaloso atropello de que han sido víctimas.
Dos días después de
celebrarse con toda libertad las elecciones
para el Congreso burgués, donde
han de debatirse las contiendas de nuestros explotadores, esos mismos
explotadores, no contentos con el despojo, apelan a la represión y a la violencia, atropellando las mismas leyes que han
hecho, disuelven por la fuerza bruta el Congreso obrero donde debían tratarse
las cuestiones relativas al trabajo y la organización de los Trabajadores.
En el primero, es
decir, en las Cortes o Congreso de los
Diputados, va a organizarse la expoliación y reglamentarse la injusticia.
En el segundo, además de los asuntos de la Asociación, tenían que estudiarse
los problemas económico-sociales que agitan y preocupan a todos los hombres de
conciencia (…).
Trabajadores,
agrupémonos; organicemos nuestras huestes, templemos nuestras armas y
preparemos para una lucha más o menos próxima.
¡Abajo los
privilegios!
¡Abajo la explotación
del hombre por el hombre!
¡Abajo la tiranía!
¡Viva la Asociación Internacional de Trabajadores!
Zaragoza, 8 de abril de 1872.
4. EL RÉGIMEN DE LA RESTAURACIÓN (1874-1902)
8. DENUNCIA DEL CACIQUISMO POR VALENTÍ ALMIRALL
“La nuestra es una farsa en toda su desnudez, una completa
farsa, especial y exclusiva de las elecciones
españolas. Ya se trate de sufragio
universal o restringido, no hay sino un solo y único elector: el ministro
de la Gobernación, el cual, ayudado por los gobernadores de las provincias y
por un ejército de funcionarios de toda clase, sin olvidar a los altos
dignatarios de la Magistratura y de la Universidad, prepara, ejecuta y lleva a
cabo todas las elecciones desde su despacho, bien situado en el centro de
Madrid.
Se confeccionan las listas de electores poniendo algunos
nombres reales entre una serie de nombres imaginarios y, sobre todo, nombres de
difuntos que en el acto de la
votación están representados por empleados subalternos vestidos con trajes
civiles. El autor de estas líneas ha visto en muchas ocasiones cómo su padre, a
pesar de llevar muerto muchos años, acudía a depositar su voto en la urna, en
la persona de un barrendero o de un sabueso de la policía vestido para tal ocasión
con un terno prestado. Igualmente los miembros de las oficinas de los colegios
electorales suelen asistir a esas transmigraciones de almas de sus parientes
cercanos. [...]
Este sistema de
elecciones [...] no es el peor de los medios empleados para falsear el sufragio
por los llamados defensores del parlamentarismo y del sistema de representación. Apresurémonos a decir que lo más
frecuente es que no se entretengan en estos simulacros de respeto humano que se
aumente pura y simplemente el número de votos hasta asegurar la elección del candidato que desean ver nombrado. En
este terreno se suele sobrepasar los límites de lo grotesco y de lo absurdo.
Valentí ALMIRALL, España tal como es, París, 1886.
9. TRATADO DE PAZ ENTRE ESPAÑA Y ESTADOS UNIDOS.
S. M. la Reina
Regente de España, en nombre de su augusto hijo D. Alfonso XIII, y los Estados
Unidos de América, deseando poner término al estado de guerra hoy existente
entre ambas naciones [...] han con- venido en los siguientes artículos:
Artículo I. España
renuncia a todo derecho de Soberanía y
propiedad sobre Cuba. En atención a que dicha isla, cuando sea evacuada por
España, va a ser ocupada por los Estados Unidos [...]
Artículo II. España
cede a los Estados Unidos la isla de Puerto Rico y las demás que ahora están
bajo su soberanía en las islas Occidentales y la isla de Guam en el
archipiélago de las Marianas o Ladrones.
Artículo III. España
cede a los Estados Unidos el archipiélago conocido por Islas Filipinas [...]
Los Estados Unidos pagarán a España la suma de veinte millones de dólares
(20.000.000 de pesos) dentro de los tres meses después del canje de
ratificaciones del presente Tratado [...]
Artículo IV. Los
Estados Unidos pagarán durante el término de diez años [...] admitirán en los
puertos de las islas Filipinas a los buques y mercancías españolas bajo las
mismas condiciones que a los buques y mercancías de los Estados Unidos.
Hecho público por duplicado en París, a 10 de diciembre
de 1898. Firmado: Eugenio Montero Ríos y William R. Day.
5. ALFONSO XIII Y LA CRISIS DE LA
RESTAURACIÓN (1902-1931)
10. MANIFIESTO CONJUNTO DE UGT-CNT EN 1917.
Mas, a pesar de
nuestras advertencias serenas, de nuestras quejas metódicas y fundamentadas y
de nuestras protestas, tal vez más prudentes y mesuradas de lo que exige la
agudeza de los dolores que el país padece, es lo cierto que cada día que pasa
representa para el proletariado una
agravación creciente de la miseria ocasionada por la carestía de las
subsistencias y por la falta de trabajo.
[...] El proletariado organizado ha
llegado así al convencimiento [...] de unir sus fuerzas en una lucha común
contra los amparadores de la explotación, erigida en sistema de gobierno. Y
respondiendo a este convencimiento, los representantes de la Unión General de
Trabajadores y los de la Confederación Nacional del Trabajo han acordado por
unanimidad:
1) Que, en vista del examen detenido y
desapasionado que los firmantes de este documento han hecho de la situación
actual y de la actuación de los gobernantes y del Parlamento, no encontrando, a
pesar de sus buenos deseos, satisfechas las demandas formuladas por el último congreso
de la Unión General de Trabajadores, y con el fin de obligar a las clases
dominantes a aquellos cambios fundamentales de sistema que garanticen al pueblo
el mínimo de las condiciones decorosas
de vida y de desarrollo de sus actividades emancipadoras, se impone que el
proletariado emplee la huelga general,
sin plazo limitado, como el arma más poderosa que posee para reivindicar sus derechos.
2) Que a partir de este momento, sin
interrumpir su acción constante de reivindicaciones sociales, los organismos
proletarios, de acuerdo con sus elementos directivos, procederán a la adopción
de todas aquellas medidas que consideren adecuadas al éxito de la huelga
general, hallándose preparados para el momento en que haya de comenzar este movimiento.
Manifiesto conjunto de UGT-CNT (Madrid, 27 de marzo de
1917)
11. MANIFIESTO DEL GOLPE DE ESTADO DE PRIMO DE RIVERA.
Al país y al
Ejército: Españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que
esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella
rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el
clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra
salvación que libertarla de los profesionales
de la política, de los que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de
desdichas e inmoralidades que empezaron el año
98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso. La tupida
red de la política de concupiscencias ha cogido en sus mallas, secuestrándola,
hasta la voluntad real [...]
Este movimiento es de hombres: el que
no sienta la masculinidad completamente caracterizada, que espere en un rincón,
sin perturbar, los buenos días que para la Patria preparamos…
Españoles: ¡Viva España y Viva el rey!
[...]
No tenemos que justificar nuestros
actos, que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, ex
gobernadores, agentes de la autoridad, patronos, capataces y obreros; audaces e
impunes atracos; depreciación de la moneda; francachela de millones de gastos
reservados [...] rastreras intrigas políticas tomando como pre- texto la tragedia de Marruecos […] descarada propaganda separatista, pasiones
tendenciosas alrededor de problema de las responsabilidades
[...]
En virtud de la confianza y mandato
que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un directorio inspector militar con carácter provisional encargado de
mantener el orden público [...]
La Vanguardia, Barcelona, 13 de septiembre de 1923.
6. LA SEGUNDA REPÚBLICA ESPAÑOLA (1931-1936)
12. DISCURSO DE LA DIPUTADA CLARA CAMPOAMOR.
Señores diputados: se
está haciendo una constitución de tipo democrático,
por un pueblo que tiene escrito como lema principal, en lo que yo llamo el arco del triunfo de su República, el respeto profundo a los
principios democráticos [...] Yo no creo, no puedo creer, que la mujer sea un
peligro para la República, porque yo he
visto a la mujer reaccionar frente a la Dictadura
y con la República [...]
Resolver lo que
queráis, pero afrontando la responsabilidad de dar entrada a esa mitad del género humano en la política,
para que la política sea cosa de dos,
porque sólo hay una cosa que un sexo solo: alumbrar, las demás las hacemos
todos en común, y no podéis venir aquí vosotros a legislar, a votar impuestos,
a decir deberes, a legislar sobre la raza humana, sobre la mujer y sobre el
hijo, aislados, fuera de nosotras [...]
Respecto a la serie
de afirmaciones que se han hecho esta tarde contra el voto de la mujer, he de
decir, con toda consideración, que no están apoyadas en la realidad [...]
¿quién protestó y se levantó en Zaragoza cuando la guerra de Cuba más que las
mujeres? ¿Quién nutrió la manifestación pro responsabilidades del Ateneo, con
motivo del desastre de Annual, más que las mujeres, que iban en mayor número
que los hombres? [...]
No cometáis, señores
diputados, ese error político de gravísimas consecuencias. Salváis a la República,
ayudáis a la República atrayéndoos y sumándoos esa fuerza que espera ansiosa el
momento de su redención.
Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes.
Intervención de Clara Campoamor en las sesiones de 30 de septiembre y 1 de
octubre 1931.
13. CONSTITUCIÓN DE 1931.
ESPAÑA, EN USO DE SU SOBERANÍA, Y
REPRESENTADA POR LAS CORTES CONSTITUYENTES, DECRETA Y SANCIONA ESTA
CONSTITUCIÓN [...]
Art. 1. España es una República democrática de trabajadores
de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los
poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la
autonomía de los Municipios y las Regiones. [...]
Art. 2. Todos los españoles son
iguales ante la ley. Art. 3. El Estado español no tiene religión oficial.
Art. 6. España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional [...]
Art.11. Si una o varias provincias
limítrofes, con características históricas, culturales y económicas, comunes,
acordaran organizarse en región autónoma para formar un núcleo
político-administrativo, dentro del Estado español, presentarán su Estatuto [...]
Art.17. En las regiones autónomas no
se podrá regular ninguna materia con diferencia de trato entre los naturales
del país y los demás españoles.
Art. 25. No podrá ser fundamento de
privilegio jurídico la naturaleza, el sexo, la clase social, la riqueza, las
ideas políticas ni las creencias religiosas.
Art, 27. La libertad de conciencia y
el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan
garantizados en el territorio español [...]
Art. 36. Los ciudadanos de uno y otro
sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes.
Art. 44. Toda la riqueza del país, sea quien fuere su dueño, está subordinada a los
intereses de la economía nacional [...] La propiedad de toda clase de bienes
podrá ser objeto de expropiación forzosa por causa de utilidad social mediante
adecuada indemnización [...]
Art. 48. El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado, y lo
prestará mediante instituciones educativas enlazadas por el sistema de escuela
unificada. La enseñanza será gratuita y obligatoria [...] La enseñanza será
laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en
ideas de solidaridad humana.
Art 51. La potestad legislativa reside
en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso de los
Diputados.
Art. 52. El Congreso de los Diputados
se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto.
Fuente: De Esteban, J. “Constituciones de España”
(Constitución de 1931). Centro de Estudios P. y C.
7. LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA (1936-1939)
14. PROCLAMA DEL GENERAL MOLA (5-VI-1936).
Tan pronto tenga
éxito el movimiento nacional, se
constituirá un Directorio, que lo
integrará un presidente y cuatro vocales militares [...] El Directorio ejercerá
el Poder con toda su amplitud; tendrá la iniciativa de los Decretos-Leyes que
se dicten [...]
Los primeros Decretos-Leyes serán los
siguientes:
a) Supresión de la Constitución de
1931.
b) Cese del presidente de la República y miembros del gobierno.
c) Atribuirse todos los poderes del Estado [...]
d) Defensa de la Dictadura Republicana
[...]
e) Derogación de las
Leyes y Reglamentos y disposiciones que no estén de acuerdo con el nuevo
sistema orgánico del Estado [...]
h) Restablecimiento de
la pena de muerte en los delitos
contra las personas [...]
Se tendrá en cuenta que la acción ha
de ser en extremo violenta para
reducir lo antes posible al enemigo, que es fuerte y bien organizado. Desde
luego serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedades y sindicatos no afectos al
movimiento, aplicándoles castigos ejemplares a dichos individuos para
estrangular los movimientos de rebeldía o huelgas.
Conquistado el poder instaurará una dictadura militar que tenga por misión
inmediata restablecer el orden público, imponer el imperio de la ley y reforzar
convenientemente al ejército, para
consolidar la situación de hecho que pasará a ser de derecho.
Madrid,
5 de junio de 1936. El Director.
15. PAZ, PIEDAD Y PERDÓN.
La guerra civil está agotada en sus
móviles porque ha dado exactamente todo lo contrario de lo que se proponían
sacar de ella, y ya a nadie le puede caber duda de que la guerra actual no es
una guerra contra el Gobierno, ni una guerra contra los gobiernos republicanos,
ni siquiera una guerra contra un sistema político: es una guerra contra la
nación española entera [...] La reconstrucción de España será una tarea
aplastante, gigantesca, que no se podrá fiar al genio personal de nadie, ni
siquiera de un corto número de personas o de técnicos; tendrá que ser obra de
la colmena española en su conjunto, cuando reine la paz, una paz que no podrá
ser más que una paz española y una paz nacional, una paz de hombres libres [...] Este fenómeno profundo, que se da
en todas las guerras, me impide a mí hablar del porvenir de España en el orden
político y en el orden moral, porque es un profundo misterio, en este país de
las sorpresas y de las reacciones inesperadas, lo que podrá resultar el día en
que los españoles, en paz, se pongan a considerar lo que han hecho durante la
guerra. Yo creo que si de esta acumulación de males ha de salir el mejor bien
posible, será con este espíritu, y desventurado el que no lo entienda así. No
voy a aplicar a este drama español la simplísima doctrina del adagio de que “no
hay mal que por bien no venga”. No es
verdad. Pero es obligación moral, sobre todo de los que padecen la guerra,
cuando se acabe como nosotros que- remos que se acabe, sacar de la lección y de
la musa del escarmiento el mayor bien posible, y cuando la antorcha pase a
otras manos, a otros hombres, a otras generaciones, que les hierva la sangre
iracunda y otra vez el genio español vuelva a enfurecerse con la intolerancia y
con el odio y con el apetito de destrucción, que piensen en los muertos y que escuchen su lección: la de esos hombres
que han caído magníficamente por una ideal grandioso y que ahora, abrigados en
la tierra materna, ya no tienen
odio, ya no tienen rencor, y nos
envían, con los destellos de su luz, tranquila y remota como la de una
estrella, el mensaje de la patria eterna que dice a todos sus hijos: Paz,
piedad, perdón.
Fuente: Manuel Azaña, Discursos
políticos, edición a cargo de Santos Juliá, Crítica. Barcelona, 2003, pp. 489-494.
8. LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975)
16. CONDENA DE LAS NACIONES UNIDAS.
A) Por su origen,
naturaleza, estructura y comportamiento general, el régimen de Franco es un régimen fascista, organizado e
implantado en gran parte merced a la ayuda
de la Alemania nazi y de la Italia fascista de Mussolini.
B) Durante la larga
lucha de las Naciones Unidas contra
Hitler y Mussolini, Franco prestó una ayuda muy considerable a las potencias
enemigas, a pesar de las continuas protestas de los aliados [...].
La Asamblea General
de las Naciones Unidas, convencida de que el Gobierno fascista de Franco en
España [...] no representa al pueblo español [...], recomienda que se prohíba al Gobierno de Franco
pertenecer a los organismo internacionales creados por las Naciones Unidas o
relacionados con ellas, y participar en conferencias y otras actividades que
puedan concertar las Naciones Unidas, o dichos organismos, hasta que se forme
en España un Gobierno nuevo y adecuado.
Además [...] recomienda que, si dentro de un plazo razonable, no se establece
en España un gobierno cuya autoridad proceda de sus gobernados y que se
comprometa a respetar la libertad de expresión, de religión y de reunión, y a celebrar cuanto antes elecciones en las
que el pueblo es- pañol pueda expresar su voluntad, libre de coacción y de
intimidación [...], el Consejo de Seguridad estudie las medidas para remediar tal situación. Asimismo, la Asamblea
recomienda que todos los Estados miembros de las Naciones Unidas retiren
inmediatamente los embajadores y
ministros plenipotenciarios que tienen acreditados en Madrid
Resolución de la Asamblea General de la ONU, Nueva York,
12 de diciembre de 1946.
17. ACUERDO POLÍTICO DEL CONGRESO DE MUNICH EN 1962.
El Congreso del
Movimiento Europeo reunido en Múnich los días 7 y 8 de junio de 1962 estima que
la integración, ya en forma de adhesión, ya de asociación
de todo país a Europa, exige de cada uno de ellos instituciones democráticas, lo que significa en el caso de España,
de acuerdo con la Convención Europea
de Derechos del Hombre y la Carta Social europea, lo siguiente:
1. La instauración de instituciones auténticamente representativas y democráticas que garanticen que el gobierno se basa en el
consentimiento de los gobernados.
2. La efectiva garantía de todos los derechos de la
persona humana, en especial los de libertad personal y de expresión, con
supresión de la censura gubernativa.
3. El reconocimiento
de la personalidad de las distintas comunidades naturales.
4. El ejercicio de
las libertades sindicales sobre
bases democráticas y de la defensa por los trabajadores de sus derechos
fundamentales, entre otros medios por el de la
huelga.
5.
La posibilidad
de organización de corrientes de opinión y de partidos políticos con el reconocimiento de los derechos de la oposición.
El Congreso tiene la
fundada esperanza de que la evolución con arreglo a las anteriores bases
permitirá la incorporación de España a Europa,
de la que es un elemento esencial; y toma nota de que todos los delegados
españoles, presentes en el Congreso, expresan su firme convencimiento de que la
mayoría de los delegados españoles desean que la evolución se lleve a cabo de
acuerdo con las normas de la prudencia política, con el ritmo más rápido que
las circunstancias permitan, con sinceridad por parte de todos y con el
compromiso de renunciar a toda violencia
activa o pasiva, durante y después del proceso evolutivo”.
Congreso del Movimiento Europeo celebrado en Múnich los
días 7 y 8 de junio de 1962.
9. HISTORIA DE LA ESPAÑA ACTUAL Y SU INTEGRACIÓN
EN EUROPA (1975-2004)
18. ADOLFO SUÁREZ, PUEDO PROMETER Y PROMETO.
Creo modestamente que
en esta nueva hora de España y al pedirles su voto no traigo mis papeles en blando, ni soy una incógnita.
Prometimos devolveré la soberanía al
pueblo español, y mañana la ejerce. Prometimos normalizar nuestra vida
política, gestionar la Transición en
paz, construir la democracia desde la legalidad, y creemos que con las lógicas
deficiencias lo hemos conseguido. Prometimos que todas las familias políticas pudieran tener un lugar en las Cortes, y el
miércoles pueden lograrlo.
Pero si ustedes nos dan su voto: puedo
prometer y prometo que nuestros actos de gobierno constituirán un conjunto
escalonado de medidas racionales y objetivas para la progresiva solución de
nuestros problemas. Puedo prometer y prometo, intentar elaborar una Constitución en colaboración con todos los grupos
representados en las Cortes, cualquiera que sea su número de escaños. Puedo
prometer y prometo, porque después de las elecciones ya existirán los
instrumentos necesarios, dedicar todos los esfuerzos a lograr un entendimiento
social que permita fijar las nuevas líneas básicas que han de seguir la
economía española en los próximos años. Puedo prometer y prometo que los
hombres de la Unión de Centro Democrático promoverán una reforma fiscal que garantice que garantice, de una vez para todos,
que pague más quien más tiene. Puedo prometer y prometo un marco legal para institucionalizar cada región según sus
propias características. Puedo prometer y prometo que trabajaremos con
honestidad, con limpieza y de tal forma que todos ustedes puedan controlar las
acciones de gobierno. Puedo, en fin, prometer y prometo que el logro de una
España para todos no se pondrá en peligro por las ambiciones de algunos y los
privilegios de unos cuantos.
Discurso de Suárez dos días antes de las elecciones de
junio de 1977
19. CONSTITUCIÓN DE 1978.
Art. 1. 1. España se
constituye en un Estado social y
democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo
español, del que emanan los poderes del Estado.
3.
La forma política del estado español es la monarquía
parlamentaria.
Art. 2. La
Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española,
patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas
ellas.
Art. 6. Los partidos políticos
expresan el pluralismo político,
concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son
instrumento fundamental para la participación política [...] Su estructura
interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Art.14. Los españoles son iguales ante
la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento,
raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.
Art.16. 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto [...]
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal [...]
Art. 20. 1. Se reconocen y protegen
los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y
opiniones [...] b). A la producción y creación literaria, artística, científica
y técnica. c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar y recibir libremente información veraz [...]
Art 23. 1. Los ciudadanos tienen el
derecho a participar en los asuntos
públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos
en elecciones periódicas por sufragio universal [...]
Art. 41. Los poderes públicos
mantendrán un régimen público de
Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y
prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente
en caso de desempleo [...]
Art. 66. 1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por
el Congreso de los Diputados y el Senado. 2. Las Cortes Generales ejercen la
potestad legislativa del Estado [...]
Art. 77. Las Cámaras
pueden recibir peticiones individuales y
colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa
por manifestaciones ciudadanas.
Art. 137. El Estado se organiza territorialmente en
municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan.
Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos
intereses.
Art. 147. 1. Dentro de los términos de
la presente Constitución, los Estatutos serán
la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los
reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.
Art. 155. Si una Comunidad Autónoma no
cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o
actuara de forma que atente gravemente al interés
general de España, el Gobierno [...] podrá adoptar las medidas necesarias
para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la
protección del mencionado interés general.
BOE, 29 de diciembre de 1978